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Así puedes tramitar tu incapacidad por maternidad en el IMSS y saber cuántos días te corresponden por ley

¡Es muy sencillo!

Si estás a punto de convertirte en madre y eres beneficiaria del IMSS, debes saber cómo puedes tramitar tu incapacidad

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Uno de los beneficios que ofrece el estar afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para las mujeres embarazadas es que tienen el derecho a un periodo de descanso pagado durante y después del embarazo, reconociendo la importancia de tener una maternidad balanceada con el trabajo, esto pensando en el bienestar tanto de la madre como del hijo en los primeros meses de vida.

El beneficio de maternidad se otorga a partir de la semana 23 de gestación, considerando el producto como vivo o muerto, es decir que, independientemente de si el feto logra nacer o no, esta incapacidad es concedida a quienes se encuentran laborando. 

¿Cuántos días de incapacidad por maternidad corresponden por ley?

El IMSS emite un certificado único de incapacidad por maternidad que abarca 84 días naturales, contemplando tanto el periodo prenatal como el posparto. Durante este tiempo, las aseguradas reciben un subsidio del 100% de su último salario diario de cotización, es decir, siguen percibiendo su sueldo con normalidad.

El cálculo del subsidio se basa en el salario registrado ante el IMSS en la fecha de certificación y se paga en una sola exhibición por los 84 días amparados por el certificado único de incapacidad por maternidad.

¿Qué se necesita para tramitar la incapacidad por maternidad?

Para acceder a este beneficio, se deben cumplir ciertos requisitos, entre ellos tener al menos treinta cotizaciones semanales en los doce meses anteriores a la fecha de inicio del pago de la incapacidad, contar con la certificación del embarazo emitida por el IMSS y abstenerse de realizar cualquier trabajo remunerado durante los periodos de descanso.

Los documentos solicitados para tramitar la incapacidad por maternidad incluyen una identificación oficial vigente, documento que muestre el Número de Seguridad Social y un ultrasonido reciente, firmado por el médico particular en caso de ser atendida externamente.

En cuanto a las citas necesarias, si la gestante opta por la atención prenatal con un médico particular, deberá cumplir al menos con una cita en la semana 34 dictaminada por su médico externo, y luego acudir al médico familiar del IMSS para certificar el embarazo y obtener el certificado único de incapacidad por maternidad

La transferencia de semanas es una opción que brinda el IMSS para permitir a la madre intercambiar semanas de descanso entre el periodo prenatal y postnatal, brindándole flexibilidad, es decir que, siempre que se cumplan los días obligatorios, estos pueden moverse como a la madre le sea más conveniente.


Se puede solicitar la transferencia de 1 a 4 semanas, siempre garantizando un mínimo de 84 días de descanso y esta a solicitud debe contar con el consentimiento del patrón o patrones, así como la autorización del médico institucional, llenándose en dos originales, uno integrado al expediente clínico y el otro entregado a la solicitante. 

Diana Castañeda
  • Diana Castañeda
  • Editora web senior de Revista Fama, me especializo en temas de estilo de vida y celebridades, pero disfruto especialmente escribir sobre moda y belleza, me apasiona también el mundo del entretenimiento, ver películas y series es uno de mis pasatiempos favoritos y si se trata de cultura coreana, soy experta.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de REVISTA FAMA, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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